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Colombia estrena reglas para el uso de patinetas eléctricas en las ciudades

Colombia estrena reglas para el uso de patinetas eléctricas en las ciudades

Con la entrada en vigencia de la Ley 2486 de 2025, el país estableció por primera vez un marco normativo específico para la circulación de patinetas eléctricas, un medio de transporte que ha crecido de forma acelerada en las principales ciudades.

La disposición fija que solo personas mayores de 16 años podrán transitar en vías públicas con estos vehículos, mientras que los menores entre 12 y 15 años únicamente podrán utilizarlos en ciclorrutas. Además, queda prohibido su uso en andenes y espacios peatonales, con el fin de proteger a los peatones y reducir conflictos en el espacio público.

En cuanto a la movilidad, la norma establece límites de velocidad de hasta 25 km/h en ciclorrutas y un máximo de 40 km/h en vías autorizadas, siempre bajo el cumplimiento de la señalización vial vigente.

El componente de seguridad también es clave: será obligatorio el uso de casco, luces delanteras y traseras, así como elementos reflectivos en horas de baja visibilidad. La ley prohíbe llevar acompañantes y el uso del celular durante la conducción, mientras que las sanciones por incumplimiento podrían superar los $300.000.

Las autoridades recomiendan además realizar revisiones periódicas a frenos, llantas y baterías, y priorizar el uso de ciclorrutas cuando estén disponibles. Con estas medidas, se busca reducir la accidentalidad y dar mayor orden al uso de este tipo de movilidad en expansión.


La nueva normativa busca ordenar la movilidad urbana y reducir accidentes asociados a estos vehículos.

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